COMISIÓN PARITARIA 15 DE MAYO

15 de maiatza de 2024

ACLARACIONES EN RELACIÓN AL ART 74 DEL VIII CONVENIO COLECTIVO
ELABORACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO POR LOCALIDADES

COMISIÓN PARITARIA

Hoy 15 de mayo, se ha reunido la Comisión Paritaria del VIII Convenio Colectivo del personal laboral y del II Acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario.

Estas dos comisiones se encargan de tareas sobre interpretación y aclaración de los textos y la vigilancia de su cumplimiento. La parte sindical está representada por las tres organizaciones sindicales firmantes: CSIF, CCO y UGT.

Dos puntos en el orden del día:

1.ACLARACIONES SOBRE CRITERIOS INTERPRETATIVOS UNILATERALES DE LA ADMINISTRACIÓN EN RELACIÓN AL ART 74 DEL VIII CONVENIO COLECTIVO RELATIVO A EXCEDENCIA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO DEL PERSONAL LABORAL.

En una anterior Comisión Paritaria celebrada el pasado 12 de diciembre de 2023 la Administración manifestó su intención de denegar este tipo de excedencia al personal laboral temporal o funcionario interino que supera un proceso selectivo como personal laboral fijo.

Este artículo 74 cuyo texto es idéntico al del anterior convenio se ha venido aplicando durante todos estos años respetando el derecho de opción del trabajador que podía optar si lo prefería a solicitar una excedencia en la plaza obtenida como personal laboral fijo, permaneciendo en activo en el puesto que venía ocupando hasta ese momento como personal temporal o interino.

CSIF no estuvo de acuerdo con la nueva interpretación planteada por la Administración, puesto que el texto alude expresamente a ejercer un derecho de opción en el momento de formalizar el contrato. Es entonces cuando se produce la incompatibilidad y por tanto cuándo se activa el derecho a elegir puesto ya que se entiende que el trabajador está en servicio activo en ambos puestos de trabajo. Un matiz que se especifica claramente en el punto 2: “Ejercido el derecho de opción que conlleve el cese en el puesto de trabajo que presta como personal laboral fijo, será declarado en situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público”

El resto de organizaciones sindicales también mostraron su desacuerdo con la Administración, por tanto no se alcanzó acuerdo alguno respecto a tal interpretación de este artículo.

Sin embargo en estos momentos la Administración indica a los trabajadores/as que deben cesar con carácter previo a la formalización del contrato de trabajo como personal fijo, citando un supuesto acuerdo de la Comisión Paritaria avalada por un informe jurídico.

Ni ha habido tal acuerdo, ni tal informe jurídico avala dicho acuerdo.

El informe jurídico además de no ser siquiera vinculante, indica que se debería eliminar la obligatoriedad del cese previo puesto que cercena la voluntad del trabajador respecto a su derecho a opción sobre las dos relaciones laborales posibles. Incluso sugiere un texto alternativo al acuerdo para poder justificar la interpretación que propone la Administración-

 

Por tanto, en opinión de CSIF, ni la Administración puede obligar de forma coercitiva al trabajador a un cese voluntario para que no se produzca incompatibilidad y derecho de opción, ni tampoco el haber superado un proceso selectivo puede ser motivo para un despido.

Si hasta ahora ha sido una excedencia aceptada como tal y se ha concedido sin problema por los distintos Departamentos no vemos que ahora deba producirse una retirada de derechos.

Sobre este punto , tras un largo debate ,NO HA HABIDO ACUERDO CON LA ADMINISTRACIÓN , consideran que la Excedencia Voluntaria por Prestación de Servicios en el Sector Público sólo se puede concederse desde la situación de Personal Laboral Fijo.

2- CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISIÓN PARITARIA DEL VI CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL SOBRE LAS NORMAS DE FORMACIÓN Y GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO, PUBLICADO EN EL BOA DE 3 DE JUNIO DE 2002, EN RELACIÓN A LA ELABORACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO POR LOCALIDADES.

CSIF está totalmente de acuerdo en que las bolsas de empleo que actualmente son provinciales contengan opción por localidades, como se refleja en resolución de 23 de mayo de 2002 Acuerdo sobre normas de formación y gestión de las bolsas de empleo . Creemos que es más beneficioso tanto para una gestión más eficaz y rápida de la bolsa como para los trabajadores.

Creemos que así damos respuesta al personal que vive en el territorio para que pueda optar a trabajar en su misma localidad de residencia o localidades cercanas, evitando costes de desplazamiento y/o de vivienda en salarios bajos.  Del mismo modo y por las mismas razones proponemos abrir esta posibilidad para el personal funcionario interino.

Sobre este punto SE HA ALCANZADO ACUERDO CON LA ADMINISTRACIÓN, de forma transitoria no se van a penalizar los llamamientos por provincias, sin necesidad de justificación, hasta la entrada en vigor de las nuevas listas por localidades  ya que se ha considerado la conveniencia de retomar este sistema acordado en Paritaria de 2002 , todavía vigente. Sin embargo la Administración debe poner en marcha una aplicación informática que posibilite estas opciones y que debe desarrollarse.

 

 

 

 

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