Aclaraciones sobre el recurso contra el Decreto Ley de recortes promovido por la Plataforma de funcionarios docentes de la Comunitat Valenciana
CSIF informa:
Ante las consultas planteadas por los docentes valencianos en relación al recurso contra el Decreto-Ley 1/2012, promovido por la Plataforma de funcionarios docentes de la Comunitat Valenciana, el Sector de Enseñanza de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSI·F, tras consultar a su gabinete jurídico, manifiesta:
- El Decreto Ley no puede ser recurrido directamente como parece indicar el documento analizado puesto que ha pasado el trámite parlamentario pertinente de las Cortes Valencianas y para ser impugnado se requiere la firma de 50 parlamentarios.
- En su página 3 indica “En cualquier caso,el recurso que presentará la Plataforma, se adherirá subsidiariamente al procedimiento en curso que están llevando a cabo los sindicatos”. Obviamente debe tratarse de un error porque no existe esa figura jurídica. El juez puede acumular las demandas si en el fondo y forma son equiparables, lo que realmente haría innecesario el recurso propuesto en el documento pues ya existen los de los sindicatos y éste no aporta ninguna vía diferente.
- En lo referente a la provisión de fondos, en el último baremo de tasas publicado por el Colegio Oficial de Abogados en 2008, los honorarios por este tipo de litigios se establecen en torno a los 2.000 €, obviamente son cifras orientativas que cualquier abogado puede superar si el cliente las abona. Deberemos entender que el cálculo de 8.000 € propuesto en el documento debe sumar honorarios, costas procesales en caso de ser condenados en costas y algún otro concepto más.
- En el punto 6, se habla de solicitar “la suspensión cautelar del Decreto-ley”. Dicha suspensión ha sido planteada por los sindicatos en la demanda que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha admitido a trámite.
- En el punto 7 se indica: “Esta acción no os convierte en demandantes, sino en interesados a sumaros al recurso”. Cabe preguntarse ¿Quién es el demandante? La “Plataforma” no puede ser demandante pues carece de entidad para serlo, ya que sólo puede ser demandante una “persona jurídica”; por lo tanto quien apodera a letrados y procuradores es, de facto, el demandante.
Puedes descargar las aclaraciones de CSIF pinchando en este enlace >>
Si quieres resolver tus dudas, pregunta en nuestro Facebook y nuestro Twitter
CSIF, sindicato despolitizado al servicio del docente
+info en nuestra nueva web: http://www.csi-f.es/es/sector/ensenanza/ambito/comunidad-valenciana
Afiliarse a CSIF es rentable. Pasos para afiliarse:
1) Descarga e imprime la solicitud (pincha aquí)
2) Rellénala con tus datos personales y bancarios.
3) Tráela a cualquier sede de la Comunitat Valenciana para conocernos personalmente o mándala a uno de estos faxes:
Fax: 965269454 para CSI·F provincia de Alicante
Fax: 964341992 para CSI-F provincia de Castellón
Fax: 963153394 para CSI-F provincia de Valencia
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| Aclaraciones_CSIF_sobre_recurso_Plataforma de funcionarios docentes_cv.pdf | 30.98 KB |
