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Los tribunales vuelven a dar la razón a CSI-F frente al ayuntamiento de Camargo (Cantabria)

AYUNTAMIENTIO DE CAMARGO

La cuantía de las retribuciones durante la incapacidad temporal deberá ser respetada por el Ayuntamiento  


El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3, ha dado la razón al sindicato al estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por éste, en defensa de los intereses de los funcionarios del Ayuntamiento de Camargo, contra la Resolución de mayo de 2010 por la que se fijaba la prestación por incapacidad temporal. Se solicitaba, mediante dicho recurso, su anulación y el reconocimiento del derecho a percibir la totalidad de las retribuciones –básicas y complementarias- mientras persistiese dicha situación de incapacidad.

La Resolución impugnada establecía que la percepción de las retribuciones al 100% de su cuantía se mantendría, sólo, durante los primeros 90 días imponiéndose, a partir de dicho plazo, un régimen distinto en aplicación, en concreto, del artículo 21.1.b del Real Decreto Legislativo 4/2000. 

Los funcionarios del Ayuntamiento venían percibiendo, cuando se encontraban en dicha situación, la totalidad de las retribuciones, tal y como se recoge en el Acuerdo sobre condiciones de trabajo vigente en la actualidad. Se consideraba, por ello en el recurso, que la resolución no se ajustaba a la legalidad por revisar, de oficio un acto favorable, además de la discriminación que dicho trato suponía frente a otros empleados públicos del mismo Ayuntamiento. 

A la vista de las normas apeladas, concluye la jueza que “es evidente la ausencia de cobertura legal para aplicar el artículo 21.1.b” aludido y declara, en su fallo, “el derecho de los recurrentes a percibir la totalidad de las retribuciones básicas y complementarias mientras persista la incapacidad temporal.

La sentencia es firme y no cabe recurso alguno. Nuevamente se viene a dar la razón a CSI.F frente a las pretensiones del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Camargo que parece empeñado en imponer sus criterios, por encima de los derechos de sus trabajadores.