La Dirección General de Función Pública del Ministerio de Política Territorial, en respuesta a una consulta electrónica que se le ha formulado ha dicho lo siguiente:
El artículo 4 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, relativo a la "reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos", establece lo siguiente:
"A partir del 1 de enero de 2012, y para el conjunto del sector público estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos.